Fiscalidad de las asociaciones

Asociaciones

La reforma fiscal aprobada a finales de noviembre de 2014 implica cambios en las obligaciones fiscales de las entidades sin ánimo de lucro.

Para éstas, el gran cambio, es que a partir del 2015, deberán presentar, todas sin excepción, Declaración de Impuesto sobre Sociedades (IS).

El “inconveniente” no es tanto el coste añadido que pueda suponer un impuesto más que en este caso gravará el beneficio (en el extraño supuesto que lograran tenerlo, muy difícil a la vista de los tiempos que corren), sino en el hecho que éstas quedan obligadas a llevar contabilidad oficial (conocida como “partida doble”)

Hasta el 2014, un simple registro de ingresos y gastos era suficiente, pero a partir del 2015, será necesario disponer de registros contables conforme al Plan General Contable adaptado a las entidades sin fines lucrativos (RD 1491/2011)

Queremos, también, poner especial hincapié, en el hecho que toda entidad, debe estar identificada con su correspondiente CIF, y que todo CIF, generará obligación de presentar declaración de IS, con independencia que la entidad esté activa o no.

Por otro lado, ya a partir de 2014, todas aquellas entidades que hayan recibido algún tipo de subvención, deberán informar a Hacienda de dicho importe, mediante la presentación de la correspondiente declaración informativa (el plazo finaliza el 28/02).

Finalmente, también existe el lado positivo en todo esto. Este cambio normativo, puede permitir a las entidades sin ánimo de lucro, mejorar en gestión, aprovechamiento de recursos y en transparencia