La Ley 6/2017, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo articula una serie de medidas dirigidas a disminuir las cargas de los autónomos mejorando sus condiciones.
Entre las medidas aprobadas en el ámbito laboral (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y fiscal, destacan:
1. La “tarifa plana de cotización” de 50 euros mensuales, se amplía para las nuevas altas de 6 a 12 meses y reduce de 5 a 2 años el periodo sin cotizar en el RETA exigido para poder beneficiarse de esta medida.
2. Se posibilita disfrutar de la tarifa plana de 50 euros durante 12 meses para aquellas mujeres autónomas que, en el plazo de dos años, se reincorporen al trabajo tras los supuestos de maternidad, adopción, y análogos si optan por cotizar por base mínima.
3. Se posibilita la inscripción y alta en la Seguridad Social y cotización por días trabajados (sólo hasta 3 veces en el mismo año) y el cambio de base de cotización hasta 4 veces anuales para adecuarla a los ingresos percibidos.
4. Se establecen bonificaciones por la contratación indefinida de familiares.
5. El recargo de la deuda por cotización fuera de plazo se reduce del 20% al 10%, si el ingreso se realiza durante el mes siguiente al del vencimiento en plazo.
6. Se establece como accidente de trabajo de un autónomo el producido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad.
7. Se amplía de 7 a 12 años la edad del menor para poder disfrutar de la bonificación del 100% de las cuotas por un plazo de 12 meses para el supuesto de cuidado de menores.
8. Se introducen modificaciones fiscales que clarifican la deducibilidad de gastos derivados de suministros en vivienda parcialmente afecta, gastos de manutención en el Impuesto de la Renta